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Impuestos Sociedades

Abogados especialistas en impuesto de sociedades en Barcelona

IMPUESTO SOCIEDADES

DECLARACION DE IMPUESTO SOCIEDADES.

Campaña de Declaración del Impuesto Sociedades en Barcelona:

Impuesto-Sociedades-2016Nuestro despacho le ofrece el servicio de gestión y asesoramiento para la realización y presentación de la declaración del Impuesto sobre Sociedades.

El Impuesto sobre Sociedades es un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas como asociaciones, fundaciones, fondos de inversión, UTE…

Es un Impuesto que debe presentarse anualmente, mediante el modelo 200 para las empresas residentes. Es importante recordar que todas aquellas empresas inactivas, y que no estén disueltas en el Registro Mercantil, están obligadas a la presentación del Impuesto sobre Sociedades.

DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.

Documentacion necesaria Renta y SociedadesEl Bufete Mestre ha diseñado un ágil protocolo para la confección del Impuesto sobre Sociedades en el presente año, con el objetivo de evitar a sus clientes cualquier trastorno en el cumplimiento de la más importante obligación fiscal anual así como beneficiarse de las previsiones recogidas en la Ley.

Con la documentación que nos facilitan nuestros clientes, realizaremos un pre cálculo del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio. Posteriormente nos reunimos con el cliente, para comentar el Impuesto sobre Sociedades y contrastar los datos y comprobar la posible aplicación de las deducciones y bonificaciones. De este modo se facilita al cliente un informe preliminar con:

  • Gasto Impuesto sobre Sociedades.
  • Detalle de Deducciones generadas, aplicadas y pendientes.
  • Detalle de Bases Imponibles generadas, aplicadas y pendientes.
  • Cuota Líquida a Ingresar o Devolver.
  • Recomendaciones para el ejercicio siguiente.

En el caso de estar el cliente de acuerdo, finalmente nos ocuparemos de la tramitación del Impuesto sobre Sociedades ante la Agencia Tributaria dándole traslado de su presentación para su constancia y archivo.

DOCUMENTACION NECESARIA DECLARACION IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.

Para llevar a cabo la efectiva prestación del servicio que ofrecemos a nuestros clientes, necesitamos de éstos la documentación que a continuación se relaciona:

  • Balance de Situación.
  • Cuenta de Pérdidas y Ganancias.
  • Impuesto Sociedades del ejercicio anterior.
  • Escritura Pública de Órgano de Administración vigente.
  • Relación accionarial de la sociedad.
  • Datos de la plantilla.
  • Pagos fraccionados realizados.
  • Retenciones bancarias.
  • Detalle de cuadro de amortizaciones, inversiones y gastos susceptibles de deducción realizados.

FAQS

Preguntas frecuentes respecto al Impuesto sobre Sociedades:

1) Quienes están obligados a la declaración del Impuesto sobre Sociedades en:

Están obligados a realizar la declaración del Impuesto sobre Sociedades, todos aquellos sujetos pasivos del mismo, con independencia que hayan desarrollado o no actividades durante el periodo impositivo y de que hayan obtenido o no rentas sujetas al impuesto.

2) Plazo de presentación del Impuesto sobre Sociedades:

La mayoría de empresas cierran el ejercicio económico el 31 de diciembre de cada año, teniendo de plazo para la presentación del Impuesto sobre Sociedades desde el 1 al 25 de julio del año siguiente.

3) Documentación que debe presentarse conjuntamente con la declaración del Impuesto sobre Sociedades:

– Los sujetos pasivos a quienes les haya sido aprobada una propuesta de valoración previa de operaciones efectuadas entre personas o entidades vinculadas, el escrito informativo establecido en el artículo 29 R.I.S.

– Sujetos a los que resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 107 Ley del Impuesto sobre Sociedades, para cada una de las entidades no residentes deberán incluir el Balance y Cuenta de Pérdidas y Ganancias y la justificación de los impuestos satisfechos respecto a la renta positiva a incluir en la Base Imponible.

– Los sujetos pasivos que deban ofrecer información sobre la adquisición de valores representativos de la participación de fondos propios de entidades no residentes con rentas que se acojan a la exención del artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.