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Fiscalidad PYMES 2005

Libertad de Amortización inversiones de escaso valor.

  • Regulación: artículo 110 LIS.

  • Es aplicable a las inversiones de poca cuantía que realice la empresa, independientemente de la evolución de su plantilla.

  • Requisitos para su aplicación:
    • Sea empresa de reducida dimensión en el momento de la inversión.
    • El valor unitario de cada elemento del Inmovilizado Material es 601,01 Euros.
    • El límite de las inversiones amortizables libremente en un periodo es de 12.020,24 Euros.
    • Compatible: con cualquier otro incentivo fiscal a la inversión.

 

 

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